Por parte, las leyes y reglamentos federales son de observancia obligatoria, que en caso de no acatarlas son merecedoras a sanciones que varían según el caso, a continuación conoce aquellas que son aplicables al turismo alternativo o alguna de sus actividades:
Ley de Aguas Nacionales: Tiene su reglamento específico que regula la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales, así como, la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo sustentable.
Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente: Se refiere al derecho y obligación de la sociedad y el gobierno para preservar y restaurar el equilibrio ecológico, el desarrollo sustentable y la protección al ambiente; regula en cuanto a la evaluación del impacto ambiental a dos áreas con su reglamento específico: el ecoturismo y las áreas naturales protegidas.
Ley General de Turismo: Se refiere a los mecanismos necesarios para la creación, conservación, mejoramiento, protección, promoción y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, preservando el equilibrio ecológico y social de los lugares de que se trate, a la vez de orientar y auxiliar a los turistas nacionales y extranjeros, y optimizar la calidad de los servicios turísticos.
Ley General de Vida Silvestre: Regula el aprovechamiento y conservación de la flora y fauna silvestres, así como, de su entorno natural, social y económico.
Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable: Respecto a actividades ecoturísticas, regula el respeto a usos y costumbres de las comunidades y su derecho a participar en la planeación y ejecución de acciones vinculadas con su hábitat; tiene un reglamento específico.
Ley General de Bienes Nacionales: Procura el ordenamiento de las ocupaciones en zonas costeras, riberas de los ríos y los terrenos ganados al mar; tiene también un reglamento específico.
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los residuos: De observancia general para el caso de desechos generados en hospedajes o actividades y servicios turísticos; también cuenta con un reglamento específico.
Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal: Se refiere a la institución encargada de recibir y atender toda denuncia referente a la violación o incumplimiento de disposiciones jurídicas vigentes en materia ambiental y del ordenamiento territorial.
Ley de Aguas Nacionales: Tiene su reglamento específico que regula la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales, así como, la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo sustentable.
Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente: Se refiere al derecho y obligación de la sociedad y el gobierno para preservar y restaurar el equilibrio ecológico, el desarrollo sustentable y la protección al ambiente; regula en cuanto a la evaluación del impacto ambiental a dos áreas con su reglamento específico: el ecoturismo y las áreas naturales protegidas.
Ley General de Turismo: Se refiere a los mecanismos necesarios para la creación, conservación, mejoramiento, protección, promoción y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, preservando el equilibrio ecológico y social de los lugares de que se trate, a la vez de orientar y auxiliar a los turistas nacionales y extranjeros, y optimizar la calidad de los servicios turísticos.
Ley General de Vida Silvestre: Regula el aprovechamiento y conservación de la flora y fauna silvestres, así como, de su entorno natural, social y económico.
Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable: Respecto a actividades ecoturísticas, regula el respeto a usos y costumbres de las comunidades y su derecho a participar en la planeación y ejecución de acciones vinculadas con su hábitat; tiene un reglamento específico.
Ley General de Bienes Nacionales: Procura el ordenamiento de las ocupaciones en zonas costeras, riberas de los ríos y los terrenos ganados al mar; tiene también un reglamento específico.
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los residuos: De observancia general para el caso de desechos generados en hospedajes o actividades y servicios turísticos; también cuenta con un reglamento específico.
Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal: Se refiere a la institución encargada de recibir y atender toda denuncia referente a la violación o incumplimiento de disposiciones jurídicas vigentes en materia ambiental y del ordenamiento territorial.
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