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INTEGRACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO DE HOTELERO Hotel Siesta del Sur

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INTEGRACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO DE HOTELERO

Hotel Siesta del Sur

Es un hotel de tres estrellas que se encuentra al sur de la Ciudad de México, el cual ofrece un restaurante a la carta y conexión Wi-Fi gratuita. Sus habitaciones están equipadas con tv de pantalla plana con servicio de cable, un escritorio y baño privado con ducha y artículos de aseo gratuitos.

Cuenta con recepción de 24 hrs y un bar, el restaurante de estilo mexicano abre de 8 am a 11:30 pm. El hotel cuenta con 100 habitaciones.

Requisitos para su apertura:

  1. Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (Trámite Federal).

  2. Registro Estatal de Causantes (Trámite Estatal).

  3. Licencias de Uso de Suelo, Construcción y Edificación. Antes de abrir lo primero que se debe tener es un Certificado de Zonificación (o Permiso de Uso de Suelo). Se realiza en la ventanilla única de la Delegación Xochimilco. Para comenzar con este trámite, se solicita una copia de la identificación oficial y también una copia de la boleta predial más reciente. Se tardan aproximadamente cinco días hábiles en obtener el permiso. Estas licencias son propias del inmueble, no de la persona que realiza el trámite, y tienen una vigencia de dos años. Esto significa que al cabo de ese tiempo, el negocio ya debe estar abierto. El costo de este certificado es de 630 pesos

  4. Licencia de Funcionamiento o Declaración de Apertura.

  5. Inscripción del Registro Empresarial en el IMSS: este trámite debe realizarse hasta cinco días luego de haber comenzado las actividades

  6. Trámite de apertura ante la Secretaría de Salud.

  7. Aprobación de la Secretaría de Medio Ambiente y de la Junta de Vecinos.

  8. Otros requisitos para abrir un hotel: conseguir licencia sanitaria para el funcionamiento del hotel y del área de alimentos y bebidas, el permiso de bomberos, solicitudes para la instalación eléctrica, de gas

  9. La instalación de anuncios en la Secretaría de Industria y Comercio. Una vez que ya se han realizado todos los trámites anteriores, se debe solicitar el permiso o Licencia para el Anuncio. Este trámite se hace en la ventanilla única de cada delegación o municipio. El costo y tiempo para autorizar el anuncio depende de sus dimensiones y el tipo de anuncio: puede ser adherido, soportado, luminoso, etc.

  10. Alta en la Cámara Nacional de Comercio y en la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados, por el área de alimentos y bebidas.

  11. Dar de alta a los trabajadores en el Instituto Mexicano de Seguridad Social.

  12. Firma y registro del Contrato Colectivo de Trabajo, en la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social.

  13. Registro del Reglamento Interno del Establecimiento.

  14. Aprobación de las tarifas del hotel en la Secretaría de Turismo.

  15. Aprobación de las tarifas del área de alimentos y bebidas.


TABLA COMPARATIVA.

REQUISITOS PARA LA APERTURA DEL HOTEL

REQUISITOS BASADOS EN EL TEMA

Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (Trámite Federal).

Inscribirse en el Registro Público de Comercio

Registro Estatal de Causantes (Trámite Estatal).

Si existe inversión extranjera, se debe llenar la forma FM#, la cual se obtiene de SEGOB y el registro se lleva en la SE.

Licencias de Uso de Suelo, Construcción y Edificación. Antes de abrir lo primero que se debe tener es un Certificado de Zonificación (o Permiso de Uso de Suelo). Se realiza en la ventanilla única de la Delegación Xochimilco. Para comenzar con este trámite, se solicita una copia de la identificación oficial y también una copia de la boleta predial más reciente. Se tardan aproximadamente cinco días hábiles en obtener el permiso. Esto significa que al cabo de ese tiempo, el negocio ya debe estar abierto. El costo de este certificado es de 630 pesos

Obtención del permiso para la Constitución de Sociedades, ante la SER.

Licencia de Funcionamiento o Declaración de Apertura.

Registrarse en el Registro Nacional de Turismo.

Inscripción del Registro Empresarial en el IMSS: este trámite debe realizarse hasta cinco días luego de haber comenzado las actividades

La inscripción al RFC.

Trámite de apertura ante la Secretaría de Salud.

Verificación de los permisos de la construcción y de funcionamiento para ver la viabilidad del impacto ambiental, ante la SEMARNAT.

Aprobación de la Secretaría de Medio Ambiente y de la Junta de Vecinos.

Licencias de construcción (si es el caso)

Otros requisitos para abrir el hotel: conseguir licencia sanitaria para el funcionamiento del hotel y del área de alimentos y bebidas, el permiso de bomberos, solicitudes para la instalación eléctrica, de gas

Aviso de funcionamiento ante la Secretaría de Salud y que cumpla con la SSA-04-001-A.

La instalación de anuncios en la Secretaría de Industria y Comercio. Una vez que ya se han realizado todos los trámites anteriores, se debe solicitar el permiso o Licencia para el Anuncio. Este trámite se hace en la ventanilla única de cada delegación o municipio. El costo y tiempo para autorizar el anuncio depende de sus dimensiones y el tipo de anuncio: puede ser adherido, soportado, luminoso, etc.

Presentar planes de capacitación y adiestramiento en la STPS.

Alta en la Cámara Nacional de Comercio y en la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados, por el área de alimentos y bebidas.

Realizar la constitución de la comisión Mizta de Capacitación y Adiestramiento

Dar de alta a los trabajadores en el Instituto Mexicano de Seguridad Social.

Realizar la constitución de la Comisión de Seguridad e Higiene.

Firma y registro del Contrato Colectivo de Trabajo, en la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social.

Inscripción ante el IMSS y la inscripción de los trabajadores.

Registro del Reglamento Interno del Establecimiento.

Permiso para la colocación de anuncios publicitarios.

Aprobación de las tarifas del hotel en la Secretaría de Turismo.


Aprobación de las tarifas del área de alimentos y bebidas.










¿Qué trámites adicionales se tienen que realizar en tú localidad? Describe cada uno de ellos en relación a las características del establecimiento.

REQUISITOS PARA LA APERTURA DE UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL EN MI COMUNIDAD.


PARA LA APERTURA:



  • Solicitud de permiso para la operación de establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal. Trámite que realiza la persona física o moral a través del sistema, a fin de obtener de la delegación la autorización para operar establecimientos mercantiles, con giros, considerados por la ley de establecimientos mercantiles del distrito federal de impacto vecinal.


  • Solicitud de permiso para la operación de establecimientos mercantiles con giro de impacto zonal. Trámite que deberá realizar la persona física o moral a través del sistema, a fin de obtener de la delegación la autorización para operar establecimientos mercantiles, con giros considerados por la ley de establecimientos mercantiles de impacto zonal.


  • Solicitud de permiso para que un giro mercantil de bajo impacto o de impacto vecinal opere, por una sola ocasión, por un periodo determinado de tiempo, o por un solo evento, como giro mercantil de impacto zonal. Es el permiso que se ingresa por el sistema, para que el titular de un giro mercantil de bajo impacto o de impacto vecinal opere por una sola ocasión, por un periodo determinado de tiempo o por un solo evento, como giro mercantil de impacto zonal, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos en las disposiciones aplicables.


  • Aviso para el funcionamiento de establecimientos mercantiles con giro de bajo impacto. Es el trámite que deberán realizar las personas físicas o morales interesadas en operar un establecimiento mercantil de bajo impacto, en términos de lo que establece la ley de establecimientos mercantiles del distrito federal.


  • Certificado de zonificación para uso específico. Documento público en el que se hacen constar las disposiciones normativas que para un predio o inmueble determinado, establecen los instrumentos de planeación del desarrollo urbano respecto del uso del suelo

  • Visto bueno de seguridad y operación. Trámite mediante el cual el director responsable de obra y corresponsable, en su caso, manifiestan que las edificaciones e instalaciones correspondientes reúnen las condiciones de seguridad para su operación y funcionamiento.


  • Expedición de constancia de alineamiento y/o número oficial. Número oficial.- las delegaciones del distrito federal señalarán, previa solicitud del propietario o poseedor, un sólo número oficial para cada predio que tenga frente a la vía pública. Alineamiento oficial.- es la traza sobre el terreno que limita el predio respectivo con la vía pública en uso o con la futura vía pública, indicando restricciones o afectaciones de carácter urbano que señale la ley de desarrollo urbano y su reglamento. La constancia de alineamiento y número oficial no prejuzga sobre derechos de propiedad y se expide sobre datos y declaraciones proporcionados bajo protesta de decir verdad por el interesado y bajo su responsabilidad


  • Autorización del programa interno de protección civil. El trámite se realiza a fin de que los propietarios o poseedores de inmuebles destinados a vivienda plurifamiliar y conjuntos habitacionales, así como administradores, gerentes o propietarios de inmuebles en los que se realicen actividades de las enunciadas en el art. 47 del reglamento de la ley de protección civil para el D.F., cuenten con un programa interno de protección civil que permita salvaguardar la integridad física de los habitantes, los empleados y las personas que concurren a los bienes inmuebles, así como la protección de las instalaciones, bienes e información vital, ante la ocurrencia de un riesgo, emergencia, siniestro o desastre.


  • Emisión de visto bueno del sistema de seguridad de los establecimientos mercantiles de impacto zonal. Trámite mediante el cual los titulares de establecimientos mercantiles de impacto zonal podrán obtener el documento que acredite el cumplimiento del sistema de seguridad previsto en la ley de establecimientos mercantiles y el reglamento de la ley de establecimientos de mercantiles en materia de aforo y de seguridad en establecimientos de impacto zonal.


  • Alta en la SHCP, con el fin de que se paguen con las contribuciones que por ley se confieren. Sean personas físicas con actividad empresarial o morales con copia del Acta Constitutiva y poderes que sean necesarios.


  • Alta de los trabajadores en el IMSS, así como en el INFONAVIT.


  • Registro Federal de Causantes, toda empresa o persona física con actividad empresarial debe de darse de alta.


  • Aviso para la colocación en la vía pública de enseres e instalaciones, en establecimientos mercantiles cuyo giro preponderante sea la venta de alimentos preparados y/o bebidas, y revalidación del mismo. Aviso que ingresan al sistema las personas físicas o morales titulares de avisos para el funcionamiento de establecimientos mercantiles de bajo impacto y de permisos para el funcionamiento de establecimientos mercantiles de impacto zonal o impacto vecinal, cuyos giro preponderante sea la venta de alimentos preparados y/o bebidas, para obtener el acuse de recibo que les permita extender su área de operación a la vía pública contigua a su establecimiento


  • Solicitud de visto bueno ante la Secretaría de Salubridad, para ver que el establecimiento cuenta con las condiciones necesarias para garantizar la higiene y seguridad alimentaria, así como la inocuidad de los alimentos.


  • Inscripción al SIEM.


  • Seguro de responsabilidad civil.


TRÁMITES PARA MODIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL ESTABLECIMIENTO.



  • Autorización para ampliación de horario de establecimientos mercantiles con giro de impacto zonal. Trámite que realiza el titular a través del sistema, a fin de obtener de la delegación la autorización para ampliar el horario de establecimientos mercantiles que operan con giro de impacto zona


  • Solicitud de cese de actividades o cierre del establecimiento mercantil con giro de impacto vecinal o zonal; o aviso de suspensión temporal o cese definitivo de actividades de establecimientos mercantiles con giro de bajo impacto. Trámite que realizarán los titulares de aviso o permiso para operar un establecimiento mercantil, a través del sistema, para dar a conocer a la delegación el cese o suspensión de actividades o cierre del establecimiento

  • Solicitud de modificación del permiso para la operación de establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal o de impacto zonal, por variación de superficie, aforo, giro mercantil, nombre o denominación comercial, o cualquiera otra. Trámite que deben cumplir mediante sistema, las personas físicas o morales titulares de un permiso para la operación de establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal o de impacto zonal, en los casos que se efectúen las siguientes modificaciones: de la superficie, del aforo, del giro mercantil, de nombre o denominación comercial, o cualquier otra variación que pueda tener el establecimiento mercantil.



  • Solicitud de revalidación del permiso para la operación de establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal o impacto zonal. Es el trámite que se presenta mediante el sistema, dentro de los 15 días hábiles previos a la conclusión de su vigencia, a fin de que los titulares de los permisos para la operación de establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal o impacto zonal, manifiestan a la delegación correspondiente, bajo protesta de decir verdad, que las condiciones en las que se otorgó originalmente el permiso no han variado, a efecto de prorrogar su vigencia por dos o tres años más según sea el caso.


  • Solicitud de traspaso de establecimiento mercantil que opera con permiso; o aviso de traspaso de establecimiento mercantil de bajo impacto. Trámite que debe realizar mediante el sistema, la persona física o moral que es titular de un permiso para la operación de establecimiento mercantil con giro de impacto vecinal o impacto zonal o de un aviso para el funcionamiento de establecimiento mercantil de bajo impacto, y los adquirentes de sus derechos, dentro de los treinta días hábiles siguientes al traspaso


  • Aviso de modificación del domicilio del establecimiento mercantil, con motivo del cambio de nomenclatura del lugar en que se ubica. Es el trámite que deben realizar a través del sistema, las personas físicas ó morales titulares de aviso o permiso para operar un establecimiento mercantil, cuando la nomenclatura del lugar en que se ubica el establecimiento, haya cambiado

  • Aviso de modificación en el aforo, giro mercantil, nombre o denominación comercial, o alguna otra que tenga el establecimiento mercantil con giro de bajo impacto. Aviso que ingresan al sistema las personas físicas o morales titulares de avisos para el funcionamiento de establecimientos mercantiles de bajo impacto para notificar a las autoridades de alguna modificación en el aforo, giro, nombre o denominación comercial, o alguna otra



1 comentario:

  1. El solo con el permsio de impacto vecinal. es unico para todo el hotel.

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