La Ley Federal del Trabajo (2012) establece que el salario esta protegido y goza de privilegios que deberán ser siempre cumplido por el patrón, como por ejemplo:
El salario se tiene que pagar en moneda de curso legal, es decir, en pesos
mexicanos.
No podrá ser objeto de descuentos salvo los que prevé la ley,
Los trabajadores dispondrán libremente de sus salarios; cualquier disposición o
medida que no se ajuste a esta disposición será improcedente según el artículo
99 de la Ley Federal del Trabajo (2012), de tal forma que aunque el trabajador
tuviera alguna deuda económica con el patrón, éste no podrá descontar,
retener o aplicar alguna multa sobre el salario del trabajador.
El salario que un trabajador recibe es irrenunciable
Le será pagado directamente en el lugar donde preste sus servicios,
teniéndose que realizar este pago en día laboral.
Ejemplo. Luis trabaja para una cadena hotelera en Acapulco. Debido a la
necesidad de hacer modificaciones y ampliaciones a su vivienda, solicitó
un préstamo a la empresa con la condición de pagar la deuda en 2 años
mediante depósitos a la cuenta de la empresa. Por causas de fuerza
mayor, Luis no ha podido pagar el monto acordado durante 2 meses; a
pesar de esta situación la empresa está obligada a pagarle su salario
completo sin descontarle ni aplicarle alguna multa sobre el mismo pues
nunca existió un acuerdo de descuentos sobre el salario.
El trabajador tendrá descuentos aplicables en su salario sólo cuando:
Sean deudas contraídas con el patrón anticipadamente
Pago anticipado de salarios (en este caso no podrán aplicarse intereses)
Pagos excesivos al trabajador
Errores, pérdidas o averías de equipo o productos imputables al trabajador
Adquisición de artículos producidos por la empresa o establecimiento
Pago de la renta
Pago de abonos para cubrir préstamos provenientes del Fondo Nacional de la
Vivienda para los Trabajadores
Pago de pensiones alimenticias a favor de la esposa, hijos, ascendientes y
nietos, decretado por la autoridad competente
Pago de las cuotas sindicales ordinarias previstas en los estatutos de los
sindicatos
Existen también prestaciones en especie, es importante saber que el patrón no está
obligado a darlas a los trabajadores, pero en muchas ocasiones son privilegios que se
han ganados ya sea a través del contrato laboral o por gratificaciones por parte del
patrón. Las prestaciones en especie, están dirigidas a apoyar al trabajador y su familia
y se añaden al monto del salario que se pague y pueden ser:
Cupones de despensa
Cupones para comida
Cupones de gasolina
Ayuda para útiles o uniformes escolares
Regalos de navidad, pavos o despensas o bonificaciones adicionales
Convenios para adquirir mercancías de la empresa a menor costo o en
parcialidades.
Estas prestaciones se consideran privilegios adicionales y complementan al salario.
Como hemos visto el salario implica el pago justo por el trabajo realizado, es un
derecho irrenunciable del trabajador y que adicionalmente se ve completado con las prestaciones en especie que cada patrón ofrece a sus trabajadores como apoyo a la economía familiar
En el siguiente apartado, trataremos el cálculo de la liquidación e indemnización,
aspecto importante tanto para el patrón como para el trabajador en los casos de
rescisión de contrato
Que pasa cuando el trabajador solicita al patron que ya no le deposite su nomina en el banco y que ahora le pague directamente en efectivo como era costumbre?
ResponderEliminarNormalmente esta situacion no se puede cambiar ya que esta estipulada en el contrato de trabajo que firma el trabajador al ingresar a un trabajo.
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