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. Salarios - derecho laboral

 
El salario es la retribución monetaria que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. Los trabajadores con los patrones podrán fijar su salario por unidad de tiempo, unidad de obra, por comisión, y a precio alzado siempre y cuando sea de común acuerdo. 
 
El salario se compone de los pagos que el patrón tiene que realizar en efectivo. Hoy en día, y por seguridad, se estila que se realice el pago a través de transferencias electrónicas, depósitos o pago con cheques; este salario incluye el pago de la cuota por la jornada diaria de trabajo, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. 
 
El salario nunca podrá ser menor al mínimo vigente, fijado en ese momento por las autoridades correspondientes, que se denomina Comisión Nacional de Salarios 
Mínimos, de igual forma el pago del salario nunca podrá exceder de una semana para las personas que desempeñan un trabajo material y quince días para los otros trabajadores


El salario mínimo es la mínima cantidad que debe recibir en efectivo el trabajador 
por los servicios prestados en una jornada de trabajo, este salario debe ser 
suficiente para satisfacer las necesidades materiales, sociales y culturales de un 
jefe de familia y para proveer de educación obligatoria a los hijos. 
 
El salario mínimo se aplicará para todos los trabajadores dependiendo del área o 
áreas geográficas que se determinen, sin tomar en cuenta las ramas de la actividad económica, profesiones, oficios o trabajos especiales y no podrá ser objeto de compensación, descuento o reducción. Lo anterior con fundamento en lo que establece el articulo 90 de la Ley Federal del Trabajo. 
 
El salario mínimo será fijado por una Comisión Nacional integrada por 
representantes de los trabajadores, patrones y del gobierno, la cual determinarán la división de la República en áreas geográficas. Ley Federal del Trabajo artículo 94. 

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