Todos los trabajadores tienen el derecho del pago de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, conocidas como prestaciones irrenunciables.
De acuerdo a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, (2012) en todo contrato
individual de trabajo se deben estipular algunas cláusulas y aspectos referentes a las vacaciones prima vacacional y aguinaldo artículos 76, 80 y 87 como prestaciones irrenunciables, además del derecho a una prima por antigüedad. A continuación se
enlistan algunas características de cada una de ellas.
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