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Capacitación y adiestramiento - derecho laboral

 
La preparación es primordial para realizar actividades de manera eficiente y con 
calidad, para estar a la vanguardia es preciso hacer de esta acción esporádica un hábito obligado. En el plan laboral la capacitación es de gran importancia porque 
beneficia a trabajadores y patrones, es por ello que en este tema se determina la 
importancia de capacitar a los trabajadores, así como adiestrarlos en alguna 
especialidad o rama determinada. 

El propósito de la capacitación y el adiestramiento, es obtener del trabajador un mejor desempeño reflejado en el nivel productivo en la entidad donde se encuentre laborando, con la firme intención de que el trabajador tenga un mejor conocimiento para realizar sus tareas laborales con calidad, a la vez que si ya tiene capacitación y adiestramiento aumenta la posibilidad de percibir una mejor remuneración y emprender un camino certero a la constante superación elevando su calidad de vida. 
 
Es así que en materia jurídica las bases tienen cabida al desprender en el código civil de 1870, los términos de las dos figuras que establecen la relación laboral y de igual forma en la Ley Federal del Trabajo en el Capítulo tercero del año de 1931, da importancia a la necesidad de la capacitación y adiestramiento, actualmente se llega a la fundamentación concreta en el artículo 153 A de la ley Federal del Trabajo y establece que: 
 
 
 
 
Bajo este contexto, se establecen acuerdos entre el trabajador y el patrón con 
respecto a la capacitación y adiestramiento en el trabajo, dando competencia para su aprobación a las autoridades del trabajo, en el caso de México le corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social velar que se cumpla la política laboral y en el caso de la capacitación y adiestramiento que se realice en las empresas, organismos y centros de trabajo, ya sea dentro y fuera de los mismo, bajo acuerdos y alianzas elevados a convenios o documentos marco. 
 
En este sentido se otorga la facultad a las instituciones o escuelas que deseen impartir capacitación o adiestramiento, siempre y cuando las autoridades del trabajo así lo autoricen, ya que el personal que impartirá la capacitación o el adiestramiento, deben estar facultadas y registradas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, es 

“Todo trabajador tiene derecho a que su patrón le proporcione capacitación 
o adiestramiento en su trabajo, que le permita elevar su nivel de vida y 
productividad, conforme a los planes y programas formulados de común 
acuerdo, por el patrón y el sindicato o sus trabajadores y aprobados por la 
Secretaria del Trabajo y Previsión Social, siempre y cuando se establezca 
como un acuerdo de voluntades entre el trabajador y el patrón la manera de 
llevar esa capacitación y ese adiestramiento”


así que la capacitación o adiestramiento será con respecto a la rama industrial o 
actividad a la que se dedique el patrón y el trabajador, mediante ofertas en educación continua de reconocidas instituciones de educación superior. 
 
De esta forma, las normas del trabajo tienen un ámbito de atención a nivel federal y estatal en donde todas las relaciones de trabajo que se generen serán aplicables a dichas normas para las empresas de cualquier sector, que crean empleos tanto a nacionales como a extranjeros o en su defecto que los extranjeros instauren una empresa o industria en el territorio mexicano deberán sujetarse a la LFT que citan lo siguiente:


“La capacitación y adiestramiento del trabajador se llevara a cabo 
durante las horas de jornada de trabajo, salvo que exista un acuerdo de 
voluntades entre el trabajador y el patrón de participar en los esfuerzos 
formativos de combinar con horario fuera de la jornada laboral” 


Asimismo, la Ley Federal del Trabajo vigente y aplicable (recuerda que las leyes 
son reformadas constantemente, por tanto es importante que revises las 
publicaciones del Diario Oficial de la Federación), establece que se formarán 
Comisiones Mixtas que serán integradas por un numero igual de trabajadores y 
número igual de patrones, esto con la finalidad de llevar a cabo la capacitación y 
adiestramiento adecuado de los trabajadores y de no vulnerar derechos de ninguna de las dos partes, dicha comisión mixta tendrá como objetivo principal el vigilar la instrumentación, operación y procedimiento de la capacitación y adiestramiento, teniendo como consecuencia el mejoramiento de las facultades laborales del trabajador, tal y como lo prevé el artículo 153- I de la Ley Federal del Trabajo. 

Es así que la capacitación y el adiestramiento no son temas nuevos o de reciente 
interpretación, su necesidad y beneficio se ha identificado tiempo atrás, actualmente está fundamentado en documentos oficiales en donde se regula y define su operación y articulación en las relaciones laborales, su enfoque hoy en día es de beneficio e inversión en el capital humano. 


4 comentarios:

  1. Cuando me contrataron no me pidieron experiencia para el puesto y nunca se me dio capacitación yo tuve que capacitarme sólo y ahora me quieren quitar unas prestaciones por que he cometido un error.
    Que puedo hacer
    Gracias

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    Respuestas
    1. Recuérdale a tu patron inmediato : "Los derechos laborales no son negociables..." No puedes perder prerstaciones de ley. Si quieres demandar el pago de dichas presdtaciones lo tendrás que hacer ante la junta de conciliaciòn y arbitraje en tu municipio. El trabajador siemprte tiene "las de ganar " especialmente en estos casos. te recomendamos que busques y descargues la ley federal del trabajo , para que compares la ley con las prestaciones que recibes y asì saber q1ue es lo que te falta y que puedes exigir. Piuedes hacer todas las preguntas que sean necesarias, la asesoria legal es gratis. saludos

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  2. Cuando me contrataron no me pidieron experiencia para el puesto y nunca se me dio capacitación yo tuve que capacitarme sólo y ahora me quieren quitar unas prestaciones por que he cometido un error.
    Que puedo hacer
    Gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. la capacitación laboral es una obligación del patrón y un derecho del trabajador.

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