1. Carlos firma un pagaré en favor de Alberto, por la cantidad de cien pesos, pagaderos el 30 de abril de 2011, por lo tanto, el deudor es Carlos y su acreedor es Alberto, por lo que Carlos tiene la obligación de "dar" cien pesos a Alberto. 2. Juanito contrata los servicios de un conjunto de mariachi, para ir a una fiesta particular. Al llegar al domicilio de la fiesta, el conjunto tiene que desplegar una conducta de "hacer" a favor de Juanito, convirtiéndose el mariachi en deudor y Juanito en acreedor. Del mismo modo, Juanito debe desplegar una conducta de "dar" el pago al mariachi, por lo tanto Juanito se convierte en deudor y el conjunto de mariachi es el acreedor. Al tener ambas partes la calidad de deudor-acreedor, a este tipo se le denominan obligaciones compuestas 3. Pancho tiene la obligación como vecino de Lola, de "no hacer" algún tipo de daño a la casa de Lola, por lo que Pancho es el deudor y ejecuta una conducta de "no hacer" (no dañar bienes) de su acreedora Lola, asimismo, ella tiene la misma obligación con Pancho de "no hacer" o dañar la casa de Pancho. |
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