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NOM - Norma Oficial Mexicana - legislación turística

La esencia de las Normas Oficiales de México (NOM) en servicios turísticos radica en el incremento a la seguridad dentro de las relaciones que asumen los prestadores de servicios con el turismo nacional y extranjero, el brindar un servicio de calidad con ética suficiente para poder prestar dichos servicios y una guía completa de lineamientos que coadyuven a brindar con la mayor seguridad posible tanto en las sugerencias de prestación de servicios como en la seguridad de las personas al realizar actividades con cierto riesgo de integridad física, permitiendo una actividad turística rentable y segura.


A continuación se especifican las siguientes normas:

1. Norma Oficial Mexicana NOM-01-TUR-2002, se refiere, formatos foliados y de porte pagado para la presentación de sugerencias y quejas de servicios turísticos relativos a establecimientos de hospedaje, agencias de viajes, de alimentos y bebidas así como a empresas de sistemas de intercambio en servicios turísticos

2. Norma Oficial Mexicana NOM-06-TUR-2009, requisitos mínimos de información, higiene y seguridad que deben cumplir los prestadores de servicios turísticos de campamentos

3. Norma Oficial Mexicana NOM-07-TUR-2002, de los elementos normativos del seguro de responsabilidad civil que deben contratar los prestadores de servicios turísticos de hospedaje para la protección y seguridad de los turistas o usuarios 

4. Norma Oficial Mexicana NOM-08-TUR-2002, que establece los elementos a que deben sujetarse los guías generales y especializados en temas o localidades especificas de carácter cultural 

5. Norma Oficial Mexicana NOM-09-TUR-2002, que establece los elementos a que deben sujetarse los guías especializados en actividades específicas.

6. Norma Oficial Mexicana NOM-010-TUR-2001, contempla los requisitos que deben contener los contratos que celebren los prestadores de servicios turísticos con los usuarios-turistas. (CANCELA LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-010-TUR-1999) 

7. Norma Oficial Mexicana NOM-011-TUR-2001, que establece los requisitos de seguridad, información y operación que deben cumplir los prestadores de servicios turísticos del turismo de aventura

En las NOM, se manifiestan las normatividades que regularan la actividad turística de tal manera que permitan aplicar seguridad y planeación preventiva con la finalidad de evitar situaciones de riesgo que pueden poner en peligro algún proyecto.

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